Residencia Fiscal
Uruguay – Argentina
Residencia fiscal en Uruguay
La residencia fiscal uruguaya de Personas Físicas se obtiene cuando se configure una de las siguientes condiciones:
1. La permanencia en Uruguay por más de 183 días en un año calendario.
2. Que el centro principal de negocios de la persona sea en Uruguay.
3. Que la base de los intereses vitales de la persona se encuentre en Uruguay.
También se obtiene por el nivel de inversión a llevar adelante los extranjeros:
A.
1. Invertir en inmuebles a partir del 01 de julio de 2020, una suma superior a los 3.500.000UI que equivalen al día de hoy aproximadamente USD 380.000 (dólares americanos).
2. Permanecer en Uruguay un plazo de 60 días.
B.
1. Inversión directa o indirecta en una empresa por un valor superior a 15.000.000UI (USD 400.000) a partir del 1 de julio de 2020 y generar al menos 15 nuevos puestos de trabajo.
2. Permanecer en Uruguay un plazo de 60 días.
Asimismo, el poder ejecutivo modifico otros plazos, extendiendo la opción a los que obtengan la residencia fiscal uruguaya de aportar IRNR (12%) y en el caso de aportar IRPF se reduce la tasa al aportación al 7%.
Pérdida de la residencia fiscal en Argentina
La pérdida de residencia fiscal en Argentina se configura cuando se verifica una de las siguientes hipótesis:
1. Adquisición de residencia migratoria permanente en otro país sin que continúe residiendo de hecho en Argentina.
2. Permanencia continuada en el exterior durante un período de 12 meses, excepto presencias temporales en Argentina continuas o alternadas de 90 días durante cada período de 12 meses.
3. La persona pierde efectivamente la residencia fiscal desde el primer día del mes subsiguiente a aquel en el que se hubiera cumplido alguna de estas situaciones.
Beneficios de la pérdida de residencia fiscal en Argentina –
Los efectos para el contribuyente son los siguientes:
1. Tributaria en Argentina por las rentas obtenidas en dicho país, las restantes rentas no estarían alcanzadas. Por las rentas en Uruguay pagaría el 7% de IRPF y por las rentas obtenidas en el exterior si son provenientes de colocaciones, préstamos y cualquier renta mobiliaria 7%, pudiendo deducir los impuestos pagados en el exterior. Las inversiones Inmobiliarias en el exterior (inmuebles, alquiler, ventas, etc) no están alcanzadas por impuestos en Uruguay.
2. Goza de exención sobre el rendimiento y la ganancia por compraventa de ciertos valores como títulos públicos, bonos, obligaciones negociables. Tributación como residente fiscal uruguayo
En los primeros 5 años (+ el año que se obtiene la residencia) de la obtención de la residencial fiscal en Uruguay la persona física no tributa sobre las rentas obtenidas en el exterior, y en el séptimo año solo tributará sobre intereses y dividendos del exterior a una tasa del 7% (nueva norma).
3. Sobre rentas de inmuebles en el exterior, ya sea ventas, alquileres o cualquier rendimiento de inmuebles no tributaran en Uruguay.
Residencia Fiscal y Legal en Uruguay
1. La tramitación de la residencia fiscal y legal en Uruguay son procesos sencillos. Cumplidos los requisitos de los trámites correspondientes se obtendrá el certificado de residencia fiscal y la documentación legal correspondientes (Cedula de Identidad).
2. Asimismo, es importante aclarar que la residencia Fiscal y no la Legal es la que sirve para la exoneración de impuestos en Argentina. Uruguay tiene un criterio de fuente en cuanto a sus principales tributos y Argentina es un criterio de renta Mundial.
Algunos aspectos de la acreditación de la pérdida de la condición de residente fiscal en Argentina –
La pérdida de la condición de residente fiscal en la Argentina se produce antes de ausentarse del país, la persona debe:
· Comunicar a la AFIP el cambio de domicilio y solicitar la baja de los impuestos.
· Presentar las DDJJ del impuesto a las ganancias incluyendo las ganancias de fuente argentina y extranjera obtenidas en la fracción del período fiscal transcurrido desde su inicio y la finalización del mes siguiente a aquel en el que se hubiera adquirido la residencia en el exterior. Si la pérdida de la condición de residente fiscal en la Argentina se produce luego de ausentarse del país, la persona deberá acreditar esos extremos ante el consulado argentino del país en el que se encuentre.
Es posible la doble residencia fiscal (argentina y uruguaya)
Existe en la legislación de ambos países un CDI (Convenio de doble Imposición) suscripto entre Argentina y Uruguay, disponen idéntico orden secuencial (tie-breaking rules) para dirimir ciertos supuestos particulares, considerando que las personas serán consideradas como residentes en la Argentina:
1. Cuando mantengan su vivienda permanente en la Argentina.
2. Si mantienen viviendas permanentes en ambos países, cuando su centro de intereses vitales se ubique en Argentina.
3. Si no puede determinarse la ubicación del centro de intereses vitales, cuando habiten en forma habitual en la Argentina (si permanecieran en ella durante más tiempo que en el otro país, considerando para efectuar la comparación el año calendario).
4. Si permanecieran igual tiempo en ambos países, cuando sean de nacionalidad argentina. Estas reglas se aplican de manera secuencial siempre y cuando se hayan “descartado” las opciones previstas en cada inciso precedente; es decir que únicamente debe analizarse la eventual configuración de los requisitos de cada inciso, en la medida en que la situación concreta no permita al sujeto quedar encuadrado en un supuesto que resuelva el problema de la doble residencia.
Requisitos de residencia Legal –
El procedimiento sería el siguiente:
1. Documento de identidad (pasaporte, DNI o cédula de identidad),
2. Partida de nacimiento debidamente apostillada,
3. Antecedentes penales, legalizado y apostillados.
4. certificado de vacunación al día o darse la antitetánica en Uruguay.
De esta forma se obtienen una residencia provisoria, hasta que salga.-
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